Nuevos tipos de IVA

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Date: 8 de diciembre de 2022

A partir de mañana, día 1 de septiembre, entrarán en vigor los nuevos tipos de IVA establecidos por el Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio, publicado en el BOE de 14 de julio de 2012. En lo concerniente al mercado de alquiler y compra/venta de inmuebles, este cambio afectará de la siguiente forma:

Alquileres sin opción a compra

a) Alquiler de viviendas

Los alquileres de viviendas a personas físicas mantienen el tipo del 0%, mientras que los alquileres a personas jurídicas/sujetos pasivos del IVA, pasan del 18% al 21%.

b) Alquiler de aparcamientos/trasteros

En el caso de aparcamientos/trasteros el tipo de IVA pasa del 18% al 21%. Los aparcamientos/trasteros alquilados con viviendas (hasta un máximo de 2 unidades), mantienen el tipo del 0%, siempre que el inquilino sea un persona física.

b) Alquiler de locales/naves/solares

El tipo de IVA pasa del 18% al 21%.

Puede consultar el tipo de IVA aplicable en función del tipo de inmueble y arrendatario en la siguiente tabla:

* Si se alquilan más de 2 unidades de aparacamientos/trasteros, el exceso de unidades se tendría que considerar como local y aplicar el IVA de éstos.

Lloguer amb opció de compra

Alquiler con opción de compra

En aquellos casos en los que el tipo de IVA era del 0%, éste se mantiene. En los casos en los que era del 8% pasa a ser del 10%. La siguiente tabla recoge estos casos e indica el tipo de IVA aplicable en función del tipo de immueble, el arrendatario y el promotor de la edificación:

:

* Si en el contrato hay más de 2 unidades de aparcamientos/trasteros, el exceso de unidades se tendría que considerar como local y aplicar el tipo de IVA de éstos.

Compra/venta

El IVA para adquisición de viviendas nuevas se mantendrá en el 4% durante el 2012. No obstante, a partir del 2013, se aplicará un 10%. Las compra/ventas anteriormente sujetas al 18%, principalmente de aparcamientos, locales, naves y solares, pasan a tener un tipo del 21%.

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